Academia.edu no longer supports Internet Explorer.
To browse Academia.edu and the wider internet faster and more securely, please take a few seconds to upgrade your browser.
Monterrey, Nuevo León a 14 de septiembre de 2017.
Nombre del trabajo: Investigar mínimo 6 cosas del mapa mental Fecha de entrega: 19/02/2019. Fecha: 24 de Febrero del 2019 Título del Documento: Bitcoin Autor: Iván Muñoz Publicación: 13 de febrero del 2012 Ideas Principales: ¿Qué es Bitcoin? Bitcoin es una moneda virtual e intangible. Es decir, que no se puede tocar en ninguna de sus formas como ocurre con las monedas o billetes, pero puede utilizarse como medio de pago de la misma forma que éstos. Al igual que ocurre con el dinero que tenemos en nuestro banco los Bitcoin aumentan o disminuyen de nuestra cuenta personal según realicemos ingresos o gastos, la única diferencia es que no existe la posibilidad de monetizarlos, como ocurre cuando, por ejemplo, retiramos dinero de un cajero automático. Referencias: Cita (Muñoz,2014) Entrada bibliográfica:
apuntes acto juridico, 2019
Elemento común a las diversas instituciones del derecho privado es la voluntad del hombre. Así, en la celebración de un contrato de compraventa, comprador y vendedor manifiestan su voluntad con un propósito determinado: el primero, adquirir un bien determinado; y el segundo, procurarse de un precio. Cuando se contrae matrimonio los contrayentes manifiestan su voluntad con el propósito de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente. En el testamento el testador manifiesta su voluntad con el propósito de disponer de todo o parte de sus bienes para que sus disposiciones tengan pleno efecto después de sus días, conservando la facultad de revocar las disposiciones testamentarias contenidas en él mientras viva. A esta voluntad del hombre, realizada con un propósito determinado, debemos agregar otro elemento común que encontramos en las diversas instituciones del derecho privado, el cual es la producción de efectos jurídicos, pues dichos actos crean, modifican o extinguen una relación jurídica. A estos actos voluntarios que el hombre realiza con un propósito determinado y que producen efectos jurídicos, se les denomina actos jurídicos. Sobre esta base, los juristas han tratado de establecer una serie de principios generales o reglas aplicables a todos los actos jurídicos, surgiendo así la denominada "Teoría General del Acto Jurídico", teoría que encuentra su fundamento en el principio de la autonomía de la voluntad, principio que básicamente postula que cuando el hombre se relaciona con otros y contrae obligaciones lo hace porque esa es su voluntad. El hombre, en definitiva, tiene plena libertad para realizar todos aquellos actos jurídicos que estime conveniente para la satisfacción de sus necesidades y determinar el contenido de los mismos. De este principio nacen importantes consecuencias: a) El hombre es libre para obligarse o no; y si lo hace, es por su propia voluntad. Así se desprende de numerosas disposiciones del Código Civil (Ejemplo: artículos 1836, 1437, 1438, 1445, 1560, 1563). b) El hombre es libre para renunciar por su sola voluntad a un derecho establecido en su beneficio, con tal que mire al interés individual del renunciante, y que no esté prohibida su renuncia (artículo 12); c) El hombre es libre para determinar el contenido de los actos jurídicos que celebra (artículo 1545); d) En caso de dudas en torno al significado o a las consecuencia de una declaración de voluntad, prima la voluntad real por sobre la declarada (artículo 1560). Si bien el hombre es libre para celebrar los actos jurídicos que estime convenientes para la satisfacción de sus necesidades y determinar el contenido de los mismos, se encuentra sujeto a algunas limitaciones. Es así, que solo puede disponer de sus propios intereses y no de los ajenos; debe celebrar los actos jurídicos ajustándose a los requisitos o condiciones establecidas por la ley para su valor; en aquellas materias en que esté comprometido el interés público debe ceñirse estrictamente al tipo establecido por el legislador (ejemplos: modos de adquirir el dominio, derecho de familia); aquellos actos jurídicos que cree y que no se encuentren reglamentados en la ley (innominados), solo serán merecedores de tutela jurídica en cuanto no sean arbitrarios; finalmente la autonomía privada también se encuentra limitada por el orden público y por las buenas costumbres. Teoría del Acto Jurídico en nuestro Código Civil. Nuestro Código Civil no contempla un Título que diga "Teoría General del Acto Jurídico" y que dicte las normas que regulan los actos jurídicos. Sin embargo, el Libro IV del Código Civil, que se denomina "De las Obligaciones en General y de los Contratos", contiene normas que, por su carácter general, pueden aplicarse no sólo a los contratos, sino también a los actos jurídicos que no participen de esa calidad, a menos que, al tenor de la disposición o de la naturaleza de las cosas, aparezca que solo han de aplicarse a los contratos.
ORDENANZA MUNICIPAL SANTO DOMINGO
Del análisis de campo realizado y de las reuniones de trabajo que se han mantenido estos dos últimos años con las y los trabajadores autónomos se establecieron, entre los problemas más agudos que atraviesa el sector, los siguientes: situación económica crítica de las y los trabajadores autónomos; migración del campo a la ciudad; pocas oportunidades para incursionar en otras modalidades de la economía ya sea por falta de formación o capacitación; y, débil promoción municipal para entrar en procesos asociativos de la economía popular y solidaria.
Loading Preview
Sorry, preview is currently unavailable. You can download the paper by clicking the button above.
2019