Academia.edu no longer supports Internet Explorer.
To browse Academia.edu and the wider internet faster and more securely, please take a few seconds to upgrade your browser.
2018, Thomson-Reuters Aranzadi
…
7 pages
1 file
¿Tiene el trabajador derecho a rechazar el cumplimiento de ciertas obligaciones laborales cuando resultan contrarias a su religión? ¿Tiene el empresario la obligación de acomodar las creencias religiosas de sus empleados cuando le resulte posible? Cuando el empleador es una confesión religiosa ¿puede despedir a los trabajadores que no respeten en su vida personal el ideario religioso o someterles a obligaciones acrecentadas de lealtad frente a su propia doctrina? Este trabajo clarifica cuáles son las respuestas que el Derecho proporciona a estas y otras cuestiones, teniendo en cuenta el compromiso mostrado por la legislación y la jurisprudencia actuales con la protección de la igualdad y no discriminación en el empleo por razón de religión. Para ello se analizan críticamente los pronunciamientos más recientes de nuestros tribunales, a la luz de las orientaciones de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Comentario al fallo "Trigo c/ Martinez", donde se aplica la doctrina de la acomodación razonable al caso de un empleado despedido por negarse a trabajar en sábado (su día de descanso religioso)
El Debate, 2021
Revista latinoamericana de derecho y religión, 2016
culturas, costumbres y religión. Todas estas idiosincrasias deben ser respetadas, tanto por el empleador, como por los compañeros de trabajo, pues son expresión del desarrollo del ser personal de cada individuo, de su dignidad. Por este motivo resulta de particular interés, la delimitación adecuada del derecho a la libertad religiosa sobre todo teniendo en cuenta el reciente fenómeno migratorio que en las últimas décadas ha disfrutado la Unión Europea y que, en vista de la globalización, parece extenderse a diferentes partes del mundo, sobre todo a aquellos países denominados emergentes 2. El presente trabajo tiene como objetivo el análisis jurídico del ejercicio del derecho a la libertad religiosa y su impacto en las relaciones laborales con el objeto de armonizar su ejercicio con las exigencias empresariales. Palabras claves: Derecho a la libertad religiosa, derecho a la libertad de conciencia, derecho a la objeción de conciencia.
Revista La Ley Unión Europea, 2019
Este trabajo analiza la compatibilidad del descanso religioso retribuido con el derecho a la igualdad y no discriminación religiosa, consagrado en el Derecho comunitario, a través de un análisis crítico de la reciente sentencia Cresco Investigations del Tribunal de Justicia de l a U n i ó n Europea.
Revista de Teología, 2012
Resumen: Se estudia la relación que podría haber existido entre sistemas simbólicos al interior de espacios de trabajo secular. Se tendrán en cuenta dos sistemas teológicos para compararlos entre sí: el esquema teológico sacrificial y el retributivo. Ambos funcionaron en relación a sistemas políticos generando hábitos laborales. Abstract: We study the relationship may have existed between symbolic systems within secular workplaces. Consideration will be given two theological systems to compare them: the sacrificial theological system and the retributive one. Both of them worked with political systems to generate work habits.
Anuario De Derecho Eclesiastico Del Estado, 2012
The religious pluralism has steadily increased in Western societies and has created new problems in the workplace. The religious diversity needs to apply new legal mechanism for protection that respond to social problems arising in relations between religion and subordinate work. The exercise of religious freedom in the workplaces is presented as a social reality that our legislation and jurisprudence have tried to respond, provided objective criteria for resolving the juridical conflicts. This paper analyzes the prototypical conflicting aspects and focuses its attention to security conditions and lirnits interpreted by the courts. In fact, there has been in practice an inevitable process of autonomy between the right to exercise religion and the right to work. However, these rights generally autonomous can generate concurrence problems that demand appropriate and proportional juridical response. Keywords: Employees' religious freedoms, religious tolerance in the workplace, fundamental rights in private relationships, non-discrimination principle, contractual good faith. ' Vid. STC 101/2004 de 2 de junio (RTC 2004\101).
Anuario De Derecho Eclesiastico Del Estado, 2014
This paper analyzes the doctrine of the European Court of Human Rights, considering the recent resolutions referring to the dynamics of religious freedom in employment. The judgments of self-efficacy studied refer to the value of the European Convention of Human Rights, whose precepts are interpreted bearing in mind the principle of evolutionary interpretation convention. In our study, the Convention provides general and open proclamations on religious freedom and non-discrimination in the workplace, projecting equally on labor relations. However, its effects can change depending on the specific case. Therefore, it involves studying the recent judgments of the Court that provide an additional index of legal certainty in practice. This is extremely important to our topic, since the exercise of religious freedom in labor relations has significant gaps in the legal regulation and there are multiples intemal differences between national laws.
Cuestiones de pluralismo, Volumen 1, Número 1 (1er Semestre 2021), 2021
Si una empresa de casting seleccionara solo a actores de color para interpretar la vida de Malcolm X o actrices con determinada estatura para un biopic de la Madre Teresa, nos parecería razonable. Por otro lado, si un empresario despidiera a una trabajadora en avanzado estado de gestación, merecería nuestra reprobación; en cambio, si despidiera a un trabajador de la Iglesia Adventista del Séptimo Día por ausencias en el puesto de trabajo los viernes por la tarde, calificaríamos este despido como “normal”. En el último caso, probablemente consideremos que el trabajador debió haber comunicado de buena fe sus convicciones y sus prácticas religiosas al inicio de la relación laboral, así como convendríamos en que no se le puede exigir a una trabajadora que comunique de buena fe los planes futuros sobre su maternidad en el momento de la contratación. El despido de la trabajadora con un embarazo “sobrevenido” sería considerado discriminatorio y el despido del creyente adventista probablemente “razonable”. Estas reflexiones sencillas desvelan que la percepción de las prácticas discriminatorias en el trabajo difiere dependiendo del motivo por el que se discrimina y el derecho no es ajeno a esa percepción: el tratamiento jurídico que recibe cada tipo de discriminación es diferente.
Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF
Este trabajo ha obtenido Accésit «Premio Estudios Financieros 2006» en la Modalidad de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. La enriquecedora multiculturalidad derivada de la inmigración que España alberga trae consigo, entre otros fenómenos, un pluralismo religioso que, hasta hace dos décadas, era desconocido en un país tradicionalmente católico. Dicho cambio ha provocado y está provocando múltiples efectos en la realidad sociológica del país. Quizá uno de los, hasta ahora, menos estudiados, y más trascedentes para el día a día de los ciudadanos, venga dado por las implicaciones derivadas del credo religioso del trabajador en el desempeño de su relación laboral. El presente estudio trata de dar respuesta a los interrogantes que tal cuestión plantea, distinguiendo dos grandes bloques: de un lado, la situación en las empresas ordinarias, en las cuales, por supuesto, queda vedada cualquier clase de discriminación por motivos religiosos tanto en el acceso al empleo como durante el de...
Revista La Ley Unión Europea, 2018
A la luz de la Sentencia IR v. JQ del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, este trabajo se analiza el alcance del art. 4.2 de la Directiva 2000/78CE, donde se reconoce el derecho de las confesiones religiosas y empresas de tendencia a someter a sus trabajadores a obligaciones d e lealtad frente a la doctrina o ideario del empleador.
Loading Preview
Sorry, preview is currently unavailable. You can download the paper by clicking the button above.
www.eduardorojotorrecilla.es, 2023
Revista General de Derecho Canónico y de Derecho Eclesiástico del Estado, 2021
Política y Religión. Historia de una incomprensión mutua, Buenos Aires, 2007
EFECTOS RELACIONALES DE LA PROFESIONALIZACION EN LAS EMPRESAS FAMILIARES, 2018
Estudios Eclesiasticos, 2014
www.eduardorojotorrecilla.es, 2023
Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política, 2013
Revista de antropología experimental =, 2021
Isonomía - Revista de teoría y filosofía del derecho
Hermenéutica Intercultural, 2017