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…) aparece la Bella Durmiente reinstalada en su trono. Todas las brujas están muertas, las hadas madrinas posan discretas a su lado, el pueblo me adora a prudente distancia. Mi príncipe de labios carnosos y encarnados de puro deseo, aguarda para llevarme muy lejos o quizás un poco más allá, de nuevo al bosque, para desahogarnos rapidito de tantísima urgencia y amor pospuesto.
Se critica la tesis de Robert Alexy de que existe en el discurso jurídico una pretensión de corrección que hace del Derecho un caso especial del discurso práctico y produce una obligación jurídica de decidir los casos jurídicos de forma moralmente correcta. En primer lugar, se critica la tesis alexyana de que el positivismo implicaría la libertad judicial para decidir según criterios aleatorios e irracionalistas, ya que es perfectamente posible -y hasta recomendable, a la luz del principio de motivación de las decisiones judiciales-que el juez positivista use argumentos morales en los casos de lagunas derivadas de la inexistencia de una solución específica para el problema jurídico en cuestión. En segundo lugar, se señala la circularidad de la tesis alexyana de que la afirmación expresa del carácter injusto o inmoral de una norma implicaría una contradicción performativa por parte de la autoridad emisora de la norma, pues el juez solo incurriría en tal tipo de contradicción si emplease un concepto de Derecho a tenor del que la ausencia de injusticia radical es condición para que una norma sea Derecho, de manera que el argumento toma como premisa la misma conclusión que pretende fundamentar. En tercer lugar, se trata de demostrar con ejemplos concretos que aun cuando se pudiese superar la circularidad del argumento de Alexy, la pretensión de corrección debería ser descartada, pues es un artificio teórico inconveniente, enigmático e inútil. Por tanto, Alexy fracasa en su intento de fundamentar tanto la tesis de que hay un deber jurídico de decidir de forma moralmente correcta, como la tesis de que el discurso jurídico es un caso especial del discurso práctico.
2013
La imagen, a diferencia de la comparación o la metáfora, es el lugar de un conflicto, es un arco tensado entre dos extremos. La potencia de la imagen depende de la distancia entre los elementos que la componen. En ella no se busca confirmar la proximidad de lo próximo, sino evidenciar la cercanía de lo lejano y la ajenidad de lo propio. La imagen es el destello fugaz que emerge del choque imprevisto de lo disímil. Por ello, aunque puedan diseñarse sus condiciones, no pueden preverse sus efectos, o en todo caso no más que el efecto del desencadenamiento de una multiplicación. Pues la imagen es lo que nos permite percibir la similitud de lo disímil, lo que abre el espacio para la experiencia de la similitud distorsionada, del mundo desfigurado en estado de semejanza. Ella es, por tanto, portadora de una política y de una epistemología. Contra todo normalizado saber del arte, su verdad acontece a golpes, y su relato profana cronologías: la imagen fuerza al conocimiento más allá de la linealidad de lo discursivo, quebrando la lógica de la identidad o la equivalencia, y arraigando en la corporalidad pre-discursiva de la percepción y de los afectos. Pero a la vez, contra todo mal poema de primavera, su política es la de la ruptura, la de un disenso, la del choque de heterogeneidades. Descubrir en el ámbito de la política el ámbito de la imagen es, también, operar una división en lo que se pretende uniforme. De modo que al hablar de la relación entre imaginación y política no puede adjetivarse ninguno de los términos: ni imaginación política (como si esta última le viniera de fuera a aquella), ni política creativa (como si la figuración sensible no fuera inmanente a toda iniciativa política). Imaginación/política: la barra nos permite mantener ambos términos como sustantivos, y mostrar que lo que los une es la cesura que ambos ayudan a inscribir. Imaginación y política son el paraguas y la máquina de coser de una vida común que aún nos debemos. La mesa de disección que las une y separa a la vez no es otra cosa sino lo común disensual, esto es, la comunidad experimental del disenso que, como acontecimiento, nos exige a la vez la apertura incondicional a su potencia heterogénea e imprevisible, y la disciplinada preparación de sus condiciones de posibilidad. Una política del acontecimiento que es, por sí misma, una política de las imágenes: inscripción de lo inefable a la vez que exigencia de comunicación. Este pliegue que llamamos acontecimiento es el movimiento preciso de lo político en la imagen y de la imagen en lo político: dissensus communis.
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J. Cutillas-Ó. Recio (eds.), Eastern Europe, Safavid Persia and the Iberian World, Valencia: Albatros., 2019
Instantes Y Azares Escrituras Nietzscheanas, 2010
Thélème. Revista Complutense de Estudios Franceses, 2020
Cuarenta Naipes, 2021
Ogigia: Revista electrónica de estudios …, 2008