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Respuesta a la siguiente nota: https://cuartopodersalta.com.ar/palabras-frescascalientes-y-mal-escritas/ La nota con presunción de "crítica literaria" la escribe un CRITICÓN llamado mario flores quien, muy lejos está de ser un Crítico literario, mucho menos un Escritor como tal vez se cree. La crítica constructiva es un arte en sí mismo y requiere una base de conocimientos y experiencias en el campo literario, herramientas de las que carece el susodicho. La diferencia entre un Crítico Literario y un "criticón" radica en el enfoque, en la profundidad del análisis y fundamentalmente en la actitud hacia la crítica literaria. Un Crítico literario se caracteriza por lo siguiente:
Panamá Revista, 2019
Propongo la siguiente hipótesis interpretativa: Cristina Fernández de Kirchner no le propuso a Alberto Fernández que encabece una fórmula presidencial en la que ella fuese la candidata a vice a pesar de que éste había sido muy crítico de su segundo mandato y de cómo ella manejó la vida interna del movimiento que ellos dos, junto con Néstor Kirchner y varios otros, habían puesto en marcha a mediados de la década pasada. Cristina Fernández de Kirchner se lo propuso precisamente por eso, porque Alberto Fernández fue el único, o quizás el principal, de aquellos que entendieron que la continuidad de ese proyecto político no estaba garantizada por la encarnación del movimiento en el cuerpo de un o una líder -el modelo teológico-político de liderazgo político, el modelo de los dos cuerpos del rey, el físico y el simbólico, como lo ilustró
2021
This article is a response to Noe Exposito Ropero’s critique —which draws heavily on the views of Javier San Martin— of my interpretation of the philosophy of Jose Ortega y Gasset. The upshot of Exposito Ropero’s argument is that Ortega is more of a phenomenologist than I realize, that I am wrong to think there is any such thing as “real objects” beyond Edmund Husserl’s intentional objects, and that no inanimate object can be treated as an “I.” In response, I answer each of these charges
Eunomía. Revista en Cultura de la Legalidad, 2020
Respuesta en el debate con Rodolfo Vázquez, Rodolfo Arango, Mauro Barberis, Roberto Gargarella y Ermanno Vitale a propósito de A. Ruiz Miguel, "Cuestiones de principios. Entre política y Derecho" (Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2020), en el "Rincón de lecturas. Book Forum" de la revista "Eunomía. Revista en Cultura de la Legalidad", n. 20, abril 2021 – septiembre 2021.
en AA.VV, Democracia, ciudadanía activa y sistema penal. Pensar la participación popular, 2020
Publicado en AA.VV., Democracia, ciudadanía activa y sistema penal. Pensar la participación popular , (coord. G. Penna), Fabían J. DI Plácido, Buenos Aires, 2020, p. 13-56. ISBN 978987 1769513. https://fabiandiplacido.publica.la/reader/democracia-ciudadania-activa-y-sistema-penal?location=1 I. Introducción La globalización económica y las políticas neoliberales de las últimas décadas han terminado por sacar a la luz las debilidades e insuficiencias de la estructura institucional del Estado de derecho heredada del pensamiento ilustrado y construída por el liberalismo en las décadas posteriores al triunfo de la revolución francesa. El poder legislativo hace tiempo que sucumbió ante el poder ejecutivo, además de ver cómo bajo el estado constitucional nuevos jueces limitan aún más su poder como representantes de la soberanía popular. A su vez el poder ejecutivo se ve subordinado por la emersión de nuevos poderes supranacionales, tanto públicos como privados. Y el poder judicial mantiene parte de sus potestades e independencia a nivel nacional pero no en el ámbito del comercio internacional donde la lex mercatoria relega a la ley a un segundo plano ante los contratos e impone mecanismos privados de arbitraje para la resolución de los conflictos. Los instrumentos de gobierno de las democracias occidentales se ven desbordados ante la nueva realidad de un mundo en el que los estados ven rota su soberanía por la globalización económica y la redefinición de las relaciones entre el estado y la sociedad por las políticas neoliberales (1). A esta redefinición de los poderes hay que sumar los límites que encuentra hoy la democracia representativa para cumplir con el principio democrático. La democracia desaparece entre elección y elección, con unos 1 1 En el sentido republicano de democracia: principio que defiende la autoorganización política de la sociedad en su conjunto. HABERMAS, Jürgen. Facticidad y validez , Trotta: Madrid, 1998, p. 373. En un mundo sin fundamentos, la democracia es un valor: "realiza el derecho mínimo de cada uno a poder decidir el sentido de su propia historicidad. Y por ello es precisamente inseparable del conflicto", BARCELLONA, Pietro. Postmodernidad y Comunidad. El regreso de la vinculación social , Trotta: Madrid, 1992: 131-132. 13
1996
autor agradece a sus alumnos de la materia Análisis Económico del Derecho del ITAM, por los comentarios y críticas realizados a la presente réplica.
Revista clínica de periodoncia, implantología y rehabilitación oral, 2012
Compartimos la preocupación por la productividad científica odontológica chilena, y nuestro estudio representa este interés. Nos halaga que la hayan encontrada osada y agradecemos el comentario de Fuentes, Beltrán y Cantín. Compartimos la apreciación acerca de la limitación que supone ocupar una base de datos específica (ISI/Web of Knowledge) y un área específica (Dentistry, Oral Surgery & Medicine). Nuestro objetivo no fue desarrollar una nueva metodología sino utilizar una que ya ha sido empleada por estudios previos, a objeto de obtener resultados que permitan su comparación (Gil-Montoya et al, 2006). Asimismo, consideramos que las revistas indizadas en el área "Dentistry, Oral Surgery & Medicine" son las más utilizadas por los investigadores y clínicos en odontología. El número de publicaciones de autores chilenos para el periodo estudiado es similar al encontrado por investigadores de la Universidad de La Frontera (Cartes-Velásquez y Aravena, 2012), quienes reportan un total de 195 artículos para el periodo 2001-2010, con una metodología distinta y mucho más inclusiva (varias áreas) en comparación a los 180 artículos para el periodo 2000-2011 encontrados por nosotros con una metodología mucho más restrictiva (sólo Dentistry, Oral Surgery & Medicine). Por otra parte, Gil Montoya et al, 2006, encuentran 38 artículos con autores chilenos para el periodo 1999-2003, mientras que nosotros encontramos para los años 2000-2003 un total de 31 artículos. La búsqueda fue fraccionada en dos períodos, pues al momento de definir el protocolo de la investigación, en Diciembre 2010 el buscador de WoK no permitía realizar búsquedas con un intervalo mayor a diez años, lo que fue cambiado a mediados del 2011 (WoK, 2011). Sin embargo, la metodología utilizada siguió lo estipulado en el protocolo previo. Agradecemos también al Editor por la oportunidad para dar más detalles respecto a la metodología utilizada. Un primer intento de evaluar la bibliometría odontológica chilena (Uribe, 2008), nos alertó de los errores metodológicos de basarse exclusivamente en el output de la base de datos ISI. Por esto, la presente investigación comprendió adicionalmente la tabulación manual de las publicaciones. Esta tabulación manual, junto con el uso exclusivo de publicaciones en revistas indizadas en "Dentistry, Oral Surgery & Medicine", explica las diferencias señaladas por Fuentes et al., en su carta, quienes incluyen, además de "Dentistry, Oral Surgery & Medicine" las revistas indizadas en el área de "Anatomy Morphology" según muestran en la imagen con el ejemplo de la Univ. Finis Terrae. Consideramos apropiada la ocasión para invitar a Fuentes, Beltrán y Cantín a publicar su metodología para poder hacer comparaciones más detalladas. Por otra parte, la definición de autor que entregamos es puramente operacional, sin que esto implique un menoscabo para el resto de autores, como sugieren Fuentes, Beltrán y Cantín (en adelante Fuentes et al.). Igual situación ocurre cuando se cita una publicación mediante la convención formal "Apellido et al."
Anuario De Filosofia Del Derecho, 2000
Agradezco a José Manuel Rodríguez Uribes la lectura, tan iluminadora para mí, que ha hecho de mi libro, sus afectuosos comentarios y la ordenada exposición de sus estimulantes disensos . En lo que sigue me gustaría referirme a algunos de éstos y aprovechar la ocasión que me brinda para pronunciarme sobre algunas otras cuestiones conexas . Primero me referiré al carácter del debate sobre el concepto de derecho, luego a una cuestión meramente terminológica relativa a la dicotomía positivismo/no positivismo y para terminar expondré algunas consideraciones sobre la función jurisdiccional en el sistema democrático. l . UNA CUESTIÓN CONCEPTUAL . ¿EL CONCEPTO DE DERECHO REPRESENTA UN PROBLEMA TEÓRICO O PRÁCTICO? ¿Es mejor un concepto positivista o un concepto no positivista de derecho? Si consideramos que el lenguaje es una convención y renunciamos al esencialismo, entonces debemos concluir que casi cualquier definición es posible. Parafraseando a Waismann, cabría decir que Índice de autores/artículos Relación de tomos Sumario Buscar en: Autores/artículos Documento actual Todos los documentos
Discusiones, 2021
Este texto responde a las críticas realizadas por Eleonora Lozano Rodríguez, Eurico Marcos Diniz de Santi y Hernán Bouvier al artículo “La racionalidad de los impuestos. Una tarea de reconciliación”.
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Revista Latinoamericana de Comunicación …, 2004
Apunts Educación Física y Deportes, 2014
Comentarios a los Dictamenes de la Comisión Iberoamericana de Etica Judicial, 2023
Anuario De Filosofia Del Derecho, 1989
Revista de filosofía DIÁNOIA
Anuario De Filosofia Del Derecho, 1990
Andamios, Revista de Investigación Social, 2016