Papers by Oscar Alejos Guzmán
Revista de la Facultad de Derecho de México N° 285, 2023
Within the powers of the administration, the power to sanction must be the one with major impact ... more Within the powers of the administration, the power to sanction must be the one with major impact on citizens. In these cases, the administration not only seeks to enforce the law, but to punish people. Therefore, it is important to know what should happen before the execution of this power, what can people do during the procedure, and what can be done later. In order to explain this, I will use "Bombita", from the film Wild Tales, which represents what happens before, during and after the administration decides to punish.
Revista Eurolatinoamericana de Derecho Administrativo, Vol. 8, 2021
En un reciente artículo se ha propuesto invertir la carga de la prueba en el procedimiento sancio... more En un reciente artículo se ha propuesto invertir la carga de la prueba en el procedimiento sancionador, de manera que sea el administrado quien demuestre su inocencia. Esta nueva regla se utilizaría en aquellos casos en donde es menos costoso para el administrado producir la prueba necesaria para exonerarse de responsabilidad. De esta forma, se enfrentaría el problema de la conducta estratégica que podría tener el administrado para ocultar información. En el presente artículo, se analiza críticamente la propuesta mencionada, cuestionando sus bases teóricas y sus implicancias prácticas. En otras palabras, se asume una defensa de la garantía constitucional de presunción de inocencia, la misma que, en la posición del autor, no admite ni debe admitir excepciones.
Observatorio de Políticas Ambientales, 2022
El editor no se hace responsable de las opiniones recogidas, comentarios y manifestaciones vertid... more El editor no se hace responsable de las opiniones recogidas, comentarios y manifestaciones vertidas por los autores. La presente obra recoge exclusivamente la opinión de su autor como manifestación de su derecho de libertad de expresión. Está prohibida la utilización comercial de sus contenidos sin permiso escrito de los autores. El uso del material para fines científicos no comerciales está sometido a la obligación moral de colaboración con la publicación. Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de esta obra solo puede ser realizada con la autorización de sus titulares, salvo excepción prevista por la ley. Lenguaje inclusivo con perspectiva de género: las menciones genéricas en masculino que aparecen en el presente documento se entenderán, en su caso, referidas igualmente a su correspondiente femenino.
Revista Digital de Derecho Administrativo, N° 28, 2022
El procedimiento de eliminación de barreras burocráticas constituye un mecanismo de control inter... more El procedimiento de eliminación de barreras burocráticas constituye un mecanismo de control interno de la Administración pública. Mediante este se permite que una autoridad controle los actos y las normas que emiten otros organismos y entidades públicas, con el propósito de eliminar aquellas barreras que impidan o dificulten el acceso o permanencia en el mercado de agentes económicos, además de hacer prevalecer la simplificación
Advocatus 41, 2021
El régimen desequilibrado del incumplimiento en los contratos del Estado El régimen desequilibrad... more El régimen desequilibrado del incumplimiento en los contratos del Estado El régimen desequilibrado del incumplimiento
Observatorio de Políticas Ambientales, 2021
El editor no se hace responsable de las opiniones recogidas, comentarios y manifestaciones vertid... more El editor no se hace responsable de las opiniones recogidas, comentarios y manifestaciones vertidas por los autores. La presente obra recoge exclusivamente la opinión de su autor como manifestación de su derecho de libertad de expresión. Está prohibida la utilización comercial de sus contenidos sin permiso escrito de los autores. El uso del material para fines científicos no comerciales está sometido a la obligación moral de colaboración con la publicación. Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de esta obra solo puede ser realizada con la autorización de sus titulares, salvo excepción prevista por la ley. Lenguaje inclusivo con perspectiva de género: las menciones genéricas en masculino que aparecen en el presente documento se entenderán, en su caso, referidas igualmente a su correspondiente femenino.
Ius et Praxis, N° 50-51, 2020
RESUMEN. Los llamados contratos públicos son diferentes a los contratos privados no solo porque i... more RESUMEN. Los llamados contratos públicos son diferentes a los contratos privados no solo porque interviene el Estado, sino porque se someten a un régimen jurídico distinto que le otorga ciertas prerrogativas a este último. Siendo así, interesa saber si el ejercicio de dichas prerrogativas en la ejecución del contrato implica que estemos en presencia de actos administrativos o de actos contractuales. La importancia no es terminológica, sino funcional, pues dependiendo de ello serán aplicables supletoriamente las normas de derecho público o de derecho privado.
Revista de Derecho Administrativo, N° 18, 2019
Derecho & Sociedad N° 54, 2020
Actualidad Jurídica, N° 319, 2020
El informe oral en el procedimiento sancionador Pautas para su desarrollo* Oscar ALEJOS GUZMÁN** ... more El informe oral en el procedimiento sancionador Pautas para su desarrollo* Oscar ALEJOS GUZMÁN** En los últimos años, el informe oral se ha convertido en parte esencial de todo procedimiento administrativo sancionador. Así, se ha vuelto común pedirlo y concederlo; tanto que algunos reglamentos lo contemplan expresamente y regulan sus pormenores. Sin embargo, quedan aún muchos aspectos que permanecen inciertos, para lo cual se vuelve necesario tener algunos criterios o pautas que permitan a las autoridades ordenar adecuadamente el desarrollo del referido informe. En este artículo se brindan algunos apuntes sobre dichos criterios.
Diálogo con la Jurisprudencia, N° 257, 2020
Plena, haya adoptado recientemente dos acuerdos que esclarecen la forma de abordar dicha infracci... more Plena, haya adoptado recientemente dos acuerdos que esclarecen la forma de abordar dicha infracción. En este artículo se analizan dichos acuerdos, sus ventajas y sus vacíos. Asimismo, se expone críticamente la agenda pendiente en dicha materia, necesaria para brindar seguridad jurídica a los participantes, postores y contratistas que podrían incurrir en dicha infracción.
Diálogo con la Jurisprudencia, N° 255, 2019
Actualidad Jurídica, N° 311, 2019
De considerarse una ley general, ahora la Ley del Procedimiento Administrativo General ha pasado ... more De considerarse una ley general, ahora la Ley del Procedimiento Administrativo General ha pasado a ser una ley común. Este cambio implica que la norma deja de ser supletoria para ser de aplicación imperativa en todos los procedimientos especiales, sobre la base de un criterio valorativo: el beneficio a favor del administrado. Pese a la claridad de la norma, distintas administraciones públicas se han apartado de la misma, sea mediante decisiones concretas (actos administrativos) o mediante regulaciones (normas reglamentarias). En este artículo, los autores hacen un recuento de cinco casos que convienen en llamar "afrentas" a la ley, circunscribiendo el análisis al régimen sancionador común previsto en la ley.
Revista de Derecho Administrativo N° 17, 2019
El Decreto Legislativo N° 1272 que modificó la Ley N° 27444 introdujo importantes cambios en el r... more El Decreto Legislativo N° 1272 que modificó la Ley N° 27444 introdujo importantes cambios en el régimen sancionador, incluyendo a los principios que rigen la potestad sancionadora. Los principios son normas esenciales que no sólo limitan la potestad sancionadora, sino que guían su correcto ejercicio. En ese sentido, resulta indispensable estudiar los alcances, fundamentos y problemas que presentan los principios que han sufrido modificaciones a la luz de la nueva normativa, a saber, el principio del debido procedimiento, proporcionalidad, tipicidad, retroactividad benigna y el recientemente incorporado principio de culpabilidad.
Derecho PUCP, 2019
El convenio arbitral reside, por naturaleza, en la voluntad de las partes de someter sus controve... more El convenio arbitral reside, por naturaleza, en la voluntad de las partes de someter sus controversias al fuero arbitral, renunciando a la jurisdicción ordinaria. Sin embargo, en el marco de los contratos públicos, el convenio arbitral no presenta las notas de voluntariedad que existen en los contratos privados, precisamente por la naturaleza pública de la entidad contratante, lo que significa que esta se sujeta al principio de legalidad, no teniendo autonomía de la voluntad. En este trabajo se pretende demostrar que, como consecuencia de ello, se producen convenios arbitrales desequilibrados a favor de las entidades públicas que predisponen su contenido. En efecto, la inexistente posibilidad del contratista de determinar el contenido del convenio arbitral tiene como efecto que la entidad contratante predisponga su contenido, de manera tal que le beneficie de forma desproporcionada en detrimento del contratista, provocando una situación ineficiencia. El legislador, consciente de ello, ha dispuesto progresivamente reglas que buscan otorgar mayores derechos al postor y restringir la discrecionalidad de la entidad; sin embargo, dichas medidas no parecen ser suficientemente satisfactorias. En dicho contexto, se propone una respuesta desde la intervención legal en el contenido del referido convenio, de manera que se asegure, desde su regulación ex ante, que el contenido del convenio arbitral será equilibrado.
Ius et Veritas
Resumen: A pesar de la evolución del régimen de promoción de la inversión privada con relación a ... more Resumen: A pesar de la evolución del régimen de promoción de la inversión privada con relación a los proyectos de inversión bajo la óptica de iniciativas privadas persisten muchos defectos en su regulación, sobre todo en la etapa de evaluación, lo cual genera serios desincentivos para la captación de inversionistas privados. Uno de esos defectos deriva de su consideración como peticiones de gracias y de cómo la Administración entiende este tipo de peticiones. Teniendo dicha problemática en la mira, proponemos una relectura de la naturaleza de las iniciativas privadas que asegure que las decisiones que al respecto tome la Administración Pública sean objeto de un verdadero control de legalidad. La responsabilidad por lo que se afirme en el presente trabajo pertenece exclusivamente a los autores y no compromete ni adelanta en modo alguno la opinión de la entidad privada para la cual prestan sus servicios profesionales. (****) Nota del Editor: el artículo fue recibido el 1 de junio del 2017 y su publicación fue aprobada el 26 de junio del mismo año.
Administración Pública & Control
En el presente artículo se analiza cómo debería realizarse el juicio de benignidad y quién deberí... more En el presente artículo se analiza cómo debería realizarse el juicio de benignidad y quién debería determinar qué norma es más benigna en la aplicación del principio de retroactividad benigna en los procedimientos sancionadores, a propósito de las recientes decisiones del Tribunal de Contrataciones del Estado. Específicamente, se centra la atención en los casos donde las normas en conflicto prevén consecuencias jurídicas (sanciones) sustancialmente diversas en razón de su forma y no de su magnitud. Se concluye que la determinación de la benignidad le debe corresponder al administrado en los casos antes mencionados.
Columnas by Oscar Alejos Guzmán
Blog Espacio Público, 2022
En una anterior columna, me referí a la posibilidad que tienen los postores de cometer errores, y... more En una anterior columna, me referí a la posibilidad que tienen los postores de cometer errores, y la importancia de que sean "perdonados" si es que los corrigen a tiempo. En aquella oportunidad, mi tono era crítico porque comentaba un criterio del Tribunal de Contrataciones del Estado que sigo creyendo equivocado. Ahora quisiera adoptar un tono más esperanzador. Como señalé en aquella oportunidad, el uso de criterios irrazonables para evaluar la subsanación de ofertas debe parar.
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